El 5 de febrero, como parte de la celebración por la fecha en que se instituyó la Constitución Mexicana de 1917, el Presidente López Obrador presentó un paquete de 20 reformas legales, de las cuales 18 son constitucionales y 2 legales, según distintos medios. Las iniciativas de reforma contemplan temas diversos, desde una nueva conformación de distintas instituciones de gobierno, hasta la protección del medio ambiente y el fortalecimiento de derechos laborales, entre muchas otras.

De interés para la comunidad psicoactiva, el tema de las drogas fue incluido en la iniciativa número 9, que propone la prohibición del comercio de vapeadores y del fentanilo, además de castigar con severidad la extorsión, delitos de la delincuencia organizada y la evasión fiscal. Así lo dijo el presidente: 

“9. Prohibir el comercio de vapeadores y de drogas químicas como el fentanilo, penalizar con severidad el delito de extorsión que lleva a cabo la delincuencia organizada y hacer lo mismo con el delito fiscal ejercido por la delincuencia de cuello blanco mediante el uso de las llamadas factureras.”

Personalmente, resulta un tanto aberrante la equiparación del comercio de vapeadores -delito sin víctima, dado que el comprador participa de manera voluntaria- con la extorsión -delito del que nadie quisiera ser víctima-; pero este tipo de mescolanza no es extraña desde los discursos punitivos, y ésta ocasión no abundaremos en ello.

Sin embargo, al leerse la iniciativa de reforma presidencial del artículo 19 constitucional, preocupa que la prohibición constitucional ya no refiere solo a “drogas químicas, como el fentanilo” -considerada droga esencial por la ONU-, sino que propone: prisión preventiva oficiosa para los delitos de narcomenudeo, los cuales incluyen comercio, suministro y posesión de mariguana, cocaína, opio, heroína, LSD, MDMA y metanfetamina. Y la posesión es el delito por el cual suelen detener y extorsionar a los usuarios.

En otras palabras, la aprobación de esta reforma pondría en riesgo de prisión a miles de usuarios detenidos por posesión de drogas, incluyendo a los usuarios de mariguana, además de que aumentaría el costo de extorsión policíaca con base en la mayor severidad de la sanción por posesión de drogas. 

Volviendo a la pregunta del título, ¿Propone AMLO prisión para usuarios de drogas, incluyendo usuarios de mariguana? Eso parece. La prisión preventiva oficiosa es la propuesta para aumentar la severidad de la sanción por narcomenudeo, modalidad del delito que incluye la posesión de mariguana a partir de 5 gramos (art. 479 a Lay General de Salud). Y es que, como sabemos, durante este sexenio el legislativo se ha negado a modificar este artículo de la LGS, tal y como establece la Declaratoria General de Inconstitucionalidad promovida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por otra parte, cabe preguntarse si, de aprobarse esta propuesta: ¿elevar a nivel constitucional la persecución del narcomenudeo, volvería inservibles los amparos ya obtenidos por la comunidad usuaria de cogollos? Y es que éstos amparan a los usuarios ante el ejercicio de una ley general, pero quizás no ante el ejercicio de una nueva ley constitucional en la materia; no lo sabemos. En otras palabras, aquel dicho de que “las leyes no son retroactivas”, ¿funciona cuándo se instituye una nueva ley superior?

¡Vaya diatriba para la comunidad pacheca!